Colaboración entre competidores
La colaboración entre competidores sigue siendo un tema complejo en el análisis de competencia en México. Mientras que tradicionalmente se han considerado ilegales per se, las autoridades han buscado formas de evaluar los posibles beneficios de ciertas colaboraciones, principalmente en el contexto de concentraciones económicas. Sin embargo, fuera de estas situaciones, México carece de mecanismos para evaluar los efectos económicos de los acuerdos de colaboración.
En contraste, la Unión Europea ha adoptado un enfoque más flexible y actualizado. Recientemente, la Comisión Europea ha revisado sus Directrices Horizontales para adaptarse a la cambiante realidad económica. Estas directrices ofrecen orientación a las empresas para autoevaluar la legalidad de sus acciones colaborativas en áreas como producción, compra, comercialización y estandarización.
Un aspecto notable del enfoque europeo es la posibilidad de que las empresas presenten argumentos de mejora en eficiencia cuando un acuerdo pueda restringir la competencia. La Comisión evalúa estos casos realizando un balance entre los efectos restrictivos y los beneficios potenciales, una práctica que no se aplica en México debido a la interpretación estricta de la ilegalidad per se.
Las nuevas directrices europeas abordan temas emergentes como la economía digital, incluyendo acuerdos para el intercambio de datos e información en línea. También se enfocan en la innovación, reconociendo que las empresas pueden ser competidoras en innovación incluso si no lo son en los mercados de productos actuales.
Además, la Comisión Europea favorece la colaboración para el logro de objetivos sociales y ambientales, así como en los ámbitos laboral y de infraestructura compartida de telecomunicaciones. Este enfoque se basa en el artículo 101 del Tratado sobre el Funcionamiento de la Unión Europea, que permite excepciones a las prohibiciones de acuerdos entre competidores cuando estos contribuyen al progreso económico o técnico y benefician a los consumidores.
En México, la interpretación de la ley de competencia ha sido más restrictiva, limitando el desarrollo de consideraciones similares. Sin embargo, una interpretación más integral, que incluya el texto constitucional, podría permitir un análisis más profundo del objeto de los esquemas de cooperación, enfocándose en la mejora de la eficiencia económica en los mercados.
México podría beneficiarse de expandir su horizonte interpretativo en la aplicación de las disposiciones legales, permitiendo así abordar los desafíos económicos actuales de manera más efectiva y flexible, similar al enfoque adoptado por la Unión Europea.
Núñez Melgoza, J. (2023), Nuevos criterios para evaluar la colaboración entre competidores, El Economista, 22 de junio. https://www.eleconomista.com.mx/opinion/Nuevos-criterios-para-evaluar-la-colaboracion-entre-competidores-20230622-0002.html